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INFORMES ESPECIALES

Trabajadores Autónomos en el sistema de Riesgos del Trabajo
Una posibilidad legal negada por falta de reglamentación

Los Trabajadores autónomos argentinos continúan sin cobertura de este seguro luego de más de 7 años de sancionada la Ley N°24.557, que en su artículo 2 facultó al Poder Ejecutivo Nacional a incluir en el Sistema a los trabajadores autónomos, el cual los incorporó por decreto 491/97, que simultáneamente delegó la instrumentación y modalidades de incorporación en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, instruyéndola simultáneamente para “Art.2: Incorpórase a los trabajadores autónomos al Sistema ... la afiliación ... será progresiva y acorde a las características y modalidades de cada actividad........”

¿Entonces, porque la demora para desarrollar esta obligación?
¿Por qué los trabajadores autónomos están excluidos de un derecho que les otorga una Ley de la Nación?

El problema es sin dudas complejo, y pueden argumentarse dos situaciones típicas que contribuyen a esta complejidad.

1) Un alto porcentaje de Trabajadores Autónomos que no se encuentran registrados como tales, o que aún estándolo no efectúan aportes continuos a los sistemas previsionales.
2) La gran diversidad de actividades que desarrollan los trabajadores autónomos, que implican amplias diferencias de los costos teóricos de cada cobertura individual.

Además debe sumarse una amplitud de ingresos mensuales, pero esta situación puede neutralizarse si existiera una decisión política de cumplir con la Ley en este aspecto.

No ha existido una exposición oficial que justifique la demora reglamentaria, ni un pedido de las agrupaciones sindicales o colegios profesionales que reclamen esa reglamentación.

Soluciones pueden implementarse, comenzando por, si el problema hubiera sido un exceso de optimismo de quienes redactaron la Ley de Riesgos del Trabajo, sincerar los términos de la misma o del decreto 491/97; convirtiendo la cobertura en optativa y permitiendo las afiliaciones en las Aseguradoras que estén dispuestas a aceptarlas.

Esta medida provocará cambios en el mercado que pueden resultar muy importantes, en tanto que significará un abaratamiento de las coberturas actuales, ya que el Sistema de Riesgos del Trabajo está exento del Impuesto al Valor Agregado, que si tributan las alternativas que pueden tomarse actualmente como sustitutivas al sistema.

Alternativas de cobertura ante Accidentes del Trabajo de Trabajadores Autónomos

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